El Ministerio, a través de las Fuerzas Militares de Colombia, Ejército Nacional a través de la Segunda y Quinta y Séptima División, prestará una especial atención, según su criterio, a las labores destinadas a mantener las condiciones de protección y seguridad de las actividades, de las personas, de la infraestructura e instalaciones industriales fijas y móviles de la EMPRESA, en las áreas indicadas en Anexo No. 1 de este Convenio; áreas en las que la EMPRESA desarrolla actividades de administración, operación y mantenimiento de la infraestructura eléctrica.
El convenio contiene el acta de liquidación en la que se especifica que la "especial atención" estuvo a cargo de la Cuarta, Quinta, Sexta, Octava y Décima Cuarta Brigada del Ejército Nacional. Así mismo, contiene el cuadro de distribución de los aportes.