El Ministerio, a través de las Fuerzas Militates de Colombia, Ejército Nacional, Décima Segunda Brigada, prestará una especial atención, según su criterio, a las labores destinadas a mantener las condiciones de protección y seguridad de las actividades y de la infraestructura e instalaciones industriales fijas y móviles de la EMPRESA y de sus contratistas, en los sectores indicados en el Anexo No. 1 de este Convenio; áreas en las
que LA EMPRESA desarrolla actividades de exploración de hidrocarburos, para lo cual LA EMPRESA aportará los recursos necesarios para facilitar la capacidad operativa del personal de las FUERZAS MILITARES DE COLOMBIA - EJÉRCITO NACIONAL destacado para las actividades objeto de este Convenio.
El convenio contiene el Acta de Liquidación en la que se especifica que la prestación de seguridad a la infraestructura de la empresa estuvo a cargo del Batallón de Infantería No. 34 JUANAMBU del Ejército Nacional. Así mismo, los rubros de cómo se distribuyeron los apoyos.